25 de abril de 2024
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¿Cómo y por qué renunciar a una herencia?

¿Cómo y por qué renunciar a una herencia?

Redacción - 19 de junio de 2018

Una herencia puede suponer un aumento patrimonial, pero en muchas ocasiones también puede implicar la aceptación de cargas y deudas que conduzcan a la ruina económica de los herederos.

El repudiar una herencia (que es el término jurídico que se utiliza para renunciar a una herencia) es más habitual de lo que pensamos y puede llegar a ser la mejor opción en muchos casos. Y es que en España, cada año se registra un número muy elevado de renuncias a herencias.

Elena Crespo, abogada de familia en Barcelona, indica que “es una realidad que la renuncia a herencias ha aumentado exponencialmente durante la crisis, especialmente en el caso de Cataluña y Andalucía. Éstas son, con mucha diferencia, las comunidades autónomas donde más se ha dejado notar esta tendencia".

Las razones para rechazar una herencia se hacen bastante evidentes. José Antonio Ferrer, del despacho Ferrer Asociados, de Jávea explica que "el motivo de las deudas es el principal y mayoritario, pero no es el único, ya que también se renuncia por liberalidad, por ejemplo, dos hermanos donde uno no tiene apenas patrimonio y el otro tiene mucho, éste repudia la herencia y aquél se beneficia de la totalidad".

 

¿Qué hay que hacer para repudiar una herencia?

 Antes de tomar una decisión, hay ciertos aspectos que se deben tener en cuenta y existe el denominado derecho a deliberar para revisar y valorar si la aceptación de la herencia puede traer deudas adosadas.
En el caso de querer rechazarla, por norma general, únicamente se debe comparecer en notaría y renunciar. Así lo indica José Antonio Ferrer, "la repudia se hace ante notario, y sus efectos se retrotraen a la fecha del fallecimiento del causante".

En cualquier caso, los efectos tanto de la aceptación como de la renuncia a la herencia existirán desde el momento del fallecimiento.

Otros aspectos a tener en cuenta a la hora de renunciar es que "sólo puede producirse la renuncia una vez se haya producido el fallecimiento, y no antes", analiza Elena Crespo, quien también señala que "otro punto importante es que no puede renunciarse a una parte de la herencia y aceptar otra: se trata de una acción en bloque".

Con todo esto nos estamos refiriendo al Derecho Común que regula las sucesiones para toda España. Sin embargo, existen también Derechos Forales que pueden variar o matizar esta información (en Galicia, Cataluña, Navarra, Aragón o Euskadi).

 

Ante la duda, consulta con un abogado

Si tienes dudas sobre si te resulta conveniente renunciar o no a una herencia, consulta con un abogado especialista en herencias y derecho sucesorio. Un profesional podrá asesorarte sobre la mejor opción para tus intereses, además de acompañarte en el proceso de aceptación de una herencia si así lo decides.