Andalucía

Absuelto de maltratar a su mujer quien había sacado 95.000 euros de la cuenta bancaria común

25 de mayo de 2022

Absuelto de maltratar a su mujer quien había sacado 95.000 euros de la cuenta bancaria común
Juzgado de Violencia sobre la Mujer en la que se atienden los asesinatos machistas - Twitter

El Juzgado de Violencia Sobre la Mujer nº3 de Sevilla absolvía al acusado “al no poder primarse la versión de la denunciante sobre la del acusado, máxime cuando la versión de esta ha sido completamente diferente cada vez que ha declarado”, rezaba la sentencia a la que ha tenido acceso este medio, y donde la magistrada firmante reitera que “no se cuentan más que con versiones contradictorias, y la declaración de la perjudicada no puede considerarse prueba de cargo”, debiendo dictarse una sentencia absolutoria por tanto. 

LOS HECHOS

Era el 20 de septiembre de 2021 cuando Carlos (nombre ficticio) echa en falta 95.750 euros de la cuenta bancaria común que mantiene con su todavía esposa, con quien se encuentra inmerso en un proceso de separación y en tramitación de divorcio. 

Ante tal circunstancia, el Juzgado ofrece como hechos probados que Carlos acude al domicilio familiar en un estado de gran ansiedad exponiéndole a su mujer que les habían robado, a lo que ella respondió que no era así, que había sido ella la que había retirado la mitad del dinero de la cuenta corriente por recomendación de su abogada. 

LA DENUNCIA Y LA ESTRATEGIA DE DEFENSA

Es en este momento donde las versiones del denunciado y denunciante se vuelven contrarias, tornándose clave la defensa practicada por el abogado penalista Juan Gonzalo Ospina, quien logró acreditar ante la sala las incoherencias en el relato de la denunciante dejando al descubierto las pruebas de la mujer y acreditando la versión de su cliente, posteriormente absuelto. 

Si bien Carlos negaba que tras la confesión de su mujer se produjera agresión por su parte, viéndose afectado por un fuerte dolor de pecho, mucho calor y ganas de vomitar, que le obligaron a recostarse sobre el suelo y quitarse los zapatos y la camisa, recordando que “a los cinco minutos o así su mujer se fue, y el niño salió del cuarto y le preguntó que qué pasaba y que por qué lloraba”, la mujer por su parte acusa al hombre de insultarla, quitarse los zapatos y lanzarlos contra ella, impactando ambos contra su espalda para “después continuó tirando cosas: tiró dos tablas y el soporte del ordenador al suelo”, siendo en ese momento, en el que casualmente estaba hablando telefónicamente con su hermano, que abandonó el domicilio para llamar a la policía desde un bar cercano, y presentando denuncia en base a su testimonio y un parte de lesiones. 

Es en este punto donde el letrado de la defensa, del despacho Ospina Abogados de Madrid, comienza a percibir un sinfín de contradicciones por parte de la supuesta víctima que le hacen sospechar que se encuentran ante una denuncia falsa.  

Ospina, reconocido por su pericia frente al interrogatorio, contextualizó en el juicio rápido celebrado que “nos encontramos ante una situación muy conflictiva de pareja” marcada por el deterioro de la convivencia, por motivos que el acusado señala por celos, porque él tiene otra relación, y así se lo había dicho a su mujer, cuestionando que la llamada de 36 minutos con el hermano de la denunciante -quien corroboraba los hechos relatados por ella- fuese una prueba real, ya que si bien estaba realizada a las 20:22 horas, como se acredita con la documental aportada, “es la propia víctima la que ha fijado como hora de los hechos las 21:30 horas, por lo que esta conversación habría tenido lugar antes”, refirió Ospina, quien acentuó otras contradicciones del testimonio de la mujer, quien describió la situación como de “extrema violencia” pero que sin embargo no fue escuchada por el hijo del matrimonio que estaba a pocos metros en su habitación. 

Al abogado también le sorprende que el propio hermano de la víctima, quien teóricamente estaba escuchando la situación, fuese capaz de escuchar con total nitidez la conversación, hasta tal punto que pudo escuchar como impactaron los zapatos contra su hermana identificando ese sonido sobre otros muchos, ya que según el relato de la denunciante “no paraba de tirar cosas al suelo y romperlas”, y por tanto no podríamos estar hablando de dos golpes, sino de muchos más.

Una batería de preguntas y cuestionamientos por parte de Ospina, que consiguió con su interrogatorio aflorar las contradicciones de la denunciante con una técnica propia de uno de los mejores abogados penalistas de la actualidad, reseñando las múltiples contradicciones, llegando el propio juzgado a calificar de “bastante increíble” la versión de la denunciante, la cual cambio en hasta en tres ocasiones a lo largo de la breve tramitación que tienen unas diligencias como son las urgentes que se daban en este caso. 

SENTENCIA ABSOLUTORIA

La jueza encargada del caso “al no poder primarse la versión de la denunciante sobre la del acusado, máxime cuando la versión de esta ha sido completamente diferente cada vez que ha declarado”, recuerda que la presunción de inocencia ampara al acusado, por lo que dicta una sentencia absolutoria sobre Carlos en un claro caso de versiones contradictorias.

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