
1 de abril de 2025
Cómo las compañías aseguradoras utilizan el “criterio de intensidad del impacto” para minimizar indemnizaciones con lesiones derivadas de accidentes de tráfico y qué hacer para reclamar con éxito.
Entrevista a Xavier Coca Verdaguer, abogado y socio fundador de Coca Advocats y presidente de ADAVIAC (Asociación de Abogados de Víctimas de Accidentes de Cataluña)
"A menudo se asume que si tras un accidente de tráfico los vehículos presentan daños leves supone que sus ocupantes no pueden haber sufrido lesiones y, menos, de gravedad, sin embargo, esta idea es errónea. Todo impacto entre vehículos puede causar daños al ocupante, sobre todo en la columna vertebral u otras partes del cuerpo más expuestas y ello puede ser posible también sin que el vehículo presente grandes desperfectos o, incluso, sin que presente ninguno. De hecho, la idea científica es justamente a la inversa: si tras un impacto (acreditado) el vehículo no se deforma, és mucho más fácil que la energía se transmite directamente al ocupante, aumentando el riesgo de lesión", argumentó Xavier Coca Verdaguer, abogado y socio fundador del despacho COCA Advocats y presidente de ADAVIAC (Asociación de Abogados de Víctimas de Accidentes de Cataluña).
COCA Advocats es un despacho de abogados con más de 25 años de experiencia en responsabilidad civil, especializado en la defensa de las víctimas de accidentes de tráfico en toda España. Desde su fundación, ha trabajado incansablemente para garantizar que sus clientes reciban la indemnización que legítimamente les corresponde, enfrentándose a las estrategias de las aseguradoras para minimizar los pagos. A lo largo de los años, han conseguido resultados exitosos en la gran mayoría de sus casos, consolidando su reputación como un referente en la materia.
En el ámbito de los accidentes de tráfico, muchas víctimas desconocen sus derechos y, ante la negativa de las aseguradoras, desisten de reclamar la indemnización que les corresponde. Sin embargo, contar con asesoramiento legal especializado puede marcar la diferencia entre aceptar una oferta injusta o recibir la compensación adecuada. Para entender mejor esta realidad, conversamos con Xavier Coca Verdaguer, abogado y socio fundador de COCA Advocats, un despacho con más de 25 años de experiencia en responsabilidad civil y defensa de las víctimas.
En su experiencia, ¿cuáles son los principales motivos por los que muchas víctimas no reclaman su indemnización tras un accidente de tráfico?
El desconocimiento y el temor al proceso judicial son factores clave. Muchas personas creen que reclamar es un proceso largo y costoso, y las aseguradoras aprovechan esta circunstancia ofreciendo indemnizaciones mínimas o directamente negando el pago con motivaciones difíciles de rebatir por el ciudadano de a pie. Pero lo cierto es que, con el respaldo de un abogado especializado, el proceso se simplifica y las probabilidades de éxito son muy altas.
Recientemente, han llevado un caso donde la aseguradora negaba la indemnización basándose en el "criterio de intensidad del impacto". ¿En qué consiste este argumento y por qué es problemático?
Cada año llegan al despacho varias decenas de estos casos. El criterio de intensidad es uno de los criterios de causalidad legal del Baremo de accidentes de tráfico y el que más se utiliza por las aseguradoras para procurar minimizar las indemnizaciones por lesiones o incluso negar su pago. Este criterio, originalmente conocido y definido por la ciencia médico-legal como de Verosimilitud del Diagnóstico Etiológico, se usa de forma torticera para argumentar que si los daños materiales del vehículo son leves, las lesiones (acreditadas) del ocupante no pueden ser graves o bien no pueden existir, negándose, en resumen, el nexo causal entre las lesiones y el accidente y liberarse de indemnizar..
Sin embargo, si bien de entrada esto puede llegar a ser cierto en muy pocos casos de fraude, para la gran mayoría de accidentes con lesiones donde la compañía responsable del accidente alega el “no nexo” por el incumplimento del criterio de intensidad en base a los mal llamados informes de “biomecánica”, esta prueba es una falacia, pero para rebatirla en un juzgado hay que saberlo hacer, conocer la jurisprudencia, conocer la ciencia y contar con un buen perito médico y, en ocasiones, también uno ingeniero, y muchas víctimas, viendo lo que tienen que invertir en tiempo y dinero para reclamar, en general, indemnizaciones pequeñas, directamente prefieren no pelear. Y aquí es donde está la verdadera victoria estratégica del sector asegurador del automóvil, pues este tipo de siniestros, con lesiones leves, son los más numerosos, después de los de daños sin lesiones, y en los grandes números del sector, esto representa centenares sino miles de millones de euros ahorrados.
Y, entonces, ¿Cómo logran desmontar estos argumentos en los casos que defienden?
Primero, atacando la forma de medir esta intensidad por parte de las aseguradoras. Su prueba siempre se fundamenta en un único hecho: el valor de la reparación del coche, es decir, lo que el perito de daños materiales le ha dicho al taller que autoriza a reparar con los baremos fijados por las compañías para con los talleres, incluidos los límites de precio/hora del mecánico.
En muchas ocasiones, este perito ni siquiera ve los vehículos implicados, valora en función de las fotografías exteriores que le pasa el taller o a veces el propio asegurado, que no pueden incluir daños internos, pues hasta que el perito no ve los externos no autoriza el desmontaje, por ejemplo, del parachoques. Y si estos daños aparentan ser leves a nivel exterior, ese parachoques no se va a desmontar, quedando ocultos posibles daños internos o pruebas de impacto a las partes más resistentes del vehículo que la víctima no va a poder utilizar nunca a menos que se gaste el dinero en peritar en serio el vehículo, costando mucho más dinero el desmontar y estudiar estos daños internos que lo que la compañía habrá pagado por la reparación de los daños del vehículo.
No existe un estudio profundo de los daños del vehículo, por ejemplo, el estudio de la capacidad de resistencia de cada uno de los elementos y materiales del vehículo implicados en un impacto. Y ello no es baladí, pues esta capacidad de resistencia a la deformación o rotura de estos elementos y materiales es diferente en cada fabricante y, en muchos casos, es información protegida por el secreto industrial o de muy difícil acceso, pero se conoce perfectamente que en algunas marcas estos elementos exteriores tienen una capacidad de deformación sin romperse en impactos de hasta 30 Km/h, especialmente los elementos fabricados con polipropileno expandido (EPP).
Pero nada de eso importará en los informes periciales que buena parte de las compañías aseguradoras utilizan para justificar el no nexo, pues el objetivo es hacer creer que con los daños acreditados al vehículo, el impacto ha sido con un Delta V inferior a 6 km/h (umbral lesivo que algunos científicos utilizan para afirmar que por debajo de esta velocidad no pueden ocasionarse lesiones), y estos informes incluyen siempre fórmulas que casualmente terminan concluyendo que el impacto se ha producido a velocidades absolutamente ridículas de 4 o 5 km/h… pero las justificaciones para llegar a estas conclusiones se desmontan fácilmente con 2 o 3 preguntas…
Y, segundo, porque no se tienen en cuenta los más de 15 condicionantes que la ciencia seria especialista en biomecánica del impacto dice que hay que tener en cuenta para la potencialidad lesiva de un impacto en el cuerpo humano, y la gran mayoría tienen que ver con las condiciones físicas y psicológicas de la persona que sufre el accidente, como la edad, la estatura, el peso, los antecedentes clínicos (si tenía artrosis o degeneración previa en la columna cervical o era un deportista joven y sano, por ejemplo), la posición relativa del cuerpo y la cabeza antes de recibir el impacto, si lo esperaba o no (si estaba relajada o en tensión, si estaba con la cabeza bien colocada en el reposacabezas o estaba ladeada y hablando con otro ocupante…), pero también el tipo de asiento, la dirección del vector del impacto, las características de los dos vehículos…, y todo ello se puede defender fácilmente con un buen perito médico que haya explorado y entrevistado bien al lesionado/a y un buen dominio de la jurisprudencia.
Al final, se trata de hacer entender al juez que a cuanta menos deformación del vehículo, más potencial lesivo para el ocupante, pues más posibilidades que la energía del impacto se transmita directamente a su cuerpo, aumentando la posibilidad de lesiones, especialmente en las zonas más vulnerables del cuerpo, y la columna vertebral, concretamente la cervical, lo es,
¿Recuerda algún caso de situación especialmente alarmante?
La mayoría que vemos en el despacho lo son, sin embargo, hemos defendido algunos que nos han preocupado especialmente por el maltrato dispensado a las víctimas. Tuvimos un caso de una familia, conductor el marido y ocupantes la mujer y una criatura de 4 años, con una discapacidad importante. Conducían un vehículo antiguo y les colisionaron por alcance. El niño entró en pánico, no paraba de llorar.. Ambos conductores firmaron el parte amistoso y nuestro cliente acudió inmediatamente después a urgencias dado que estaban preocupados por el niño. En urgencias, la mujer se mareó y tuvo que ser atendida también por síndrome del latigazo cervical. Al cabo de dos días, el conductor también acabó acudiendo a urgencias y los tres acabaron realizando tratamiento médico y rehabilitador durante 2 meses, más o menos, que duraron las limitaciones. Les llevaba el asunto el abogado designado por su propia compañía aseguradora, y una semana antes de terminar el tratamiento médico, reciben una carta de su compañía diciéndoles que, tras haber recibido el informe pericial del perito de daños, como el parachoques tenía vestigios de un accidente anterior, consideraban que el impacto fue de muy baja intensidad y que las lesiones por las que se habían tratado los tres ocupantes no tenían nexo causal con el accidente, por lo que: i.) les cortaban el tratamiento médico; ii.) No le reparaban el vehículo (iba con el parachoques atado para poder circular); iii.) le sacaban el abogado designado y iv.) se reservaban acciones para repetirle gastos pagados… La familia, extremadamente humilde, vino al despacho llorando de desesperación y no entendían nada… Además, se daba la circunstancia que en este caso coincidían la compañía de ellos con la del responsable, es decir, que existía conflicto de intereses.
¿Cómo lograron desmontar este argumento en este caso?
Presentamos informes médicos y periciales que demostraban la relación directa entre el accidente y las lesiones. Demostramos que no existían antecedentes y, además, llevamos el vehículo a un mecánico especializado en chapa, que desmontó el parachoques y pudimos acreditar los daños nuevos y distinguirlos de los antiguos, pudiendo acreditar también que la reparación subía más de 1.200,00 € si se tenían en cuenta todos los elementos afectados del vehículo. Argumentamos en juicio que el criterio de intensidad no puede ser el único factor para determinar la existencia de lesiones y, finalmente, el juez nos dio la razón y la aseguradora tuvo que indemnizar con más de 21.000 euros a nuestros clientes.
También hemos defendido casos donde siendo la lesión inicial un aparente síndrome del latigazo cervical, al cabo de meses de empeorar exponencialmente la sintomatología, descubrir, con pruebas diagnósticas que no le habían practicado, que sufrió de una lesión medular por la que tuvo que ser intervenida quirúrgicamente, y acabó con secuelas que le impiden todo tipo de trabajo. De 1.900 € que le habían pagado inicialmente, la compañía terminó indemnizando en casi 300.000 €. Este fue un claro ejemplo de que las lesiones no dependen exclusivamente de la intensidad del impacto, sino del cuerpo de cada uno…
Para alguien que ha sufrido un accidente, ¿cuáles son los primeros pasos que debería seguir para garantizar que su reclamación sea válida?
Lo primero es acudir a un médico dentro de las primeras 72 horas y conservar toda la documentación médica. No dar por supuesta la sintomatología que se sufre ni pensar que como se sufre el doctor la verá por qué es doctor… Hay que explicar la sintomatología al médico para que pueda decidir la mejor solución clínica y describirlo todo en sus informes. Luego, contactar con un abogado especialista en responsabilidad civil para evaluar el caso. También es importante no aceptar la primera oferta de la aseguradora sin antes consultar con un profesional.
Finalmente, ¿qué mensaje les daría a las víctimas que dudan en reclamar?
Que no están solas y que sus derechos deben ser respetados. En COCA Advocats hemos llevado con éxito todos los casos de este tipo y siempre obtenemos la mejor indemnización posible para nuestros clientes. Reclamar es un derecho, no un privilegio.
Si has sufrido un accidente de tráfico, consulta con expertos y defiende tus derechos. ¡No permitas que una aseguradora decida por ti!
El caso expuesto demuestra que reclamar una indemnización justa es posible con el asesoramiento adecuado. El "criterio de intensidad del impacto" no debe ser utilizado para negar derechos a las víctimas, y los tribunales han dado la razón en numerosas ocasiones a quienes han decidido luchar por su compensación. La clave está en no rendirse ante las primeras negativas y confiar en expertos que defiendan los intereses de quienes han sufrido un accidente. En COCA Advocats, la defensa de las víctimas es una prioridad, y cada caso es tratado con el máximo compromiso y profesionalidad para obtener la justicia que merecen.