
14 de abril de 2025
La mediación informática, también conocida como mediación digital, es un proceso que utiliza herramientas y tecnologías digitales para facilitar la resolución de conflictos entre las partes involucradas. Este tipo de mediación combina los principios tradicionales de la mediación con las ventajas que ofrecen las plataformas digitales, como la accesibilidad, la eficiencia y la posibilidad de resolver disputas a distancia.
Ángel González, CEO de GlobátiKa LAB, Perito Informático, cuenta ya en sus despachos profesionales con peritos y abogados que ya tienen formación en mediación civil y familiar, figuras dentro del sistema jurídico español que harán la labor de mediación y que será obligatoria a partir de abril de 2025.
Se entrevista al Sr. González y se le pregunta sobre todo el proceso de mediación en tecnologías:
Las herramientas digitales que se usarán en la mediación informática serán plataformas en línea, aplicaciones de videoconferencia, correos electrónicos o software especializado para llevar a cabo las sesiones de mediación. Un experto en mediación, con su titulación correspondiente en mediación tradicional y en el uso de herramientas digitales, actúa como un intermediario neutral que guía a las partes hacia un acuerdo.
Las ventajas son facilitar el proceso. ''A ver, comenta el Sr. González, a nadie le gusta estar en un proceso juidicial, por eso, hacer el proceso más cómodo, sin necesidad de gastar dinero en desplazamiento ni en procesos más largos, y, por tanto, poder solucionarse mucho más rápidamente que años que dura un juicio, se hace ideal donde la gente no quiere verse en persona o está en lugares diferentes de España. Estos sistemas mantienen una total confidencialidad y son accesibles desde cualquier móvil u ordenador''.
Se utiliza en una variedad de contextos, desde disputas familiares y laborales hasta conflictos empresariales o relacionados con transacciones en línea.
Sr. González, ¿cuáles son las fases de una mediación?
Las fases de una mediación suelen estar estructuradas para facilitar el proceso de resolución de conflictos de manera efectiva y organizada. Aunque pueden variar ligeramente según el modelo de mediación utilizado, en general, las fases son las siguientes, comenta el Mediador informático Ángel González, de GlobátiKa LAB:
Preparación:el mediador se reúne con las partes por separado para comprender el conflicto, definir objetivos y explicar el proceso de mediación y comprobar que todas las partes estén dispuestas a participar voluntariamente
Introducción: durante la primera reunión conjunta, el mediador establece las reglas básicas y expone su papel como facilitador neutral. Se aclaran los objetivos de la mediación y se busca generar un ambiente de confianza y respeto mutuo.
Narración: cada parte tiene la oportunidad de expresar su punto de vista sobre el conflicto, explicar sus intereses y compartir sus preocupaciones sin interrupciones.
El mediador toma notas y empieza a identificar temas clave o intereses comunes.
Identificación de intereses y temas: el mediador resume lo escuchado, identificando las cuestiones principales y los intereses subyacentes de cada parte. Se busca encontrar puntos de coincidencia o áreas donde las partes puedan trabajar juntas.
Generación de opciones: las partes, con la ayuda del mediador, proponen posibles soluciones al conflicto. Se fomenta la creatividad para encontrar opciones que satisfagan los intereses de ambas partes. Una lluvia de ideas entre las partes que, cuando se comienza, ambas partes de aceleran porque ven que se puede llegar a una solución.
Negociación y acuerdo: se discuten las opciones propuestas, buscando consenso en las soluciones más viables. Se redacta un acuerdo que refleje los términos aceptados por todas las partes.
Cierre: el mediador revisa el acuerdo con las partes y asegura que sea claro, equilibrado y cumplible. Si el conflicto se resuelve, se celebra el logro; si no, se evalúan los pasos siguientes (como recurrir a otro mecanismo de resolución de conflictos).
Cada una de estas fases tiene el objetivo de guiar a las partes desde el conflicto hacia una solución consensuada, en un ambiente controlado y constructivo.
Sr. González, ¿cuándo será obligatoria la mediación informática en España?
A partir del 3 de abril de 2025, la mediación, incluyendo la mediación informática, será obligatoria en España como un paso previo para interponer demandas en los ámbitos civil y mercantil. Esto se establece en la Ley Orgánica 1/2025, que busca fomentar la resolución de conflictos mediante métodos alternativos como la mediación, la conciliación y otros mecanismos similares. El objetivo principal es aliviar la carga de los tribunales y promover acuerdos extrajudiciales.
Esta ley comenta el Sr. González, CEO de GlobátiKa, como experto en Mediación Informática, la Ley Orgánica 1/2025, que se ha publicado el pasado el 2 de enero de 2025, introduce medidas para mejorar la eficiencia del Servicio Público de Justicia en España. Algunos puntos destacados incluyen el impulso a la mediación y métodos alternativos de resolución de conflictos buscando aliviar la carga de los juzgados;
Reformas procesales con cambios en la Ley de Enjuiciamiento Civil y otras normativas para agilizar procedimientos judiciales, la modernización de la justicia y la creación de Oficinas de Justicia en municipios y uso de tecnologías para optimizar procesos; y además, se refuerzan derechos laborales, como la nulidad automática de despidos en ciertos casos.
Qué opina usted de la entrada en vigor de esta ley, le preguntamos a Ángel González, mediador y perito informático:
La Ley Orgánica 1/2025 introduce por fin, la mediación en España. Y lo hace de manera obligatoria como paso previo a cualquier procedimiento. Esto, si se hace bien, será estupendo porque un juicio tarda años. Y, como le decimos a los clientes, ese tiempo genera esa intranquilidad en la cabeza. Antes de presentar una demanda en los ámbitos civil y mercantil, las partes están obligadas a intentar resolver el conflicto mediante métodos alternativos de resolución de conflictos (MASC), como la mediación. Esto ya se hace fuera de España, la ley promueve una cultura de resolución pacífica de disputas. Eso sí, hay excepciones: no todos los casos están sujetos a la mediación obligatoria. Por ejemplo, quedan excluidos los casos relacionados con derechos fundamentales, menores, situaciones de urgencia o medidas cautelares. Una vez que el intento de mediación se hace, pero no funciona, para proceder con una demanda judicial, las partes deben presentar un certificado que acredite que intentaron resolver el conflicto mediante mediación o un MASC1.
Existen sanciones por rechazo injustificado: La ley contempla sanciones para quienes rechacen injustificadamente participar en la mediación, lo que puede influir en la tasación de costas judiciales o incluso en la imposición de multas.
Los acuerdos alcanzados en mediación pueden ser homologados judicialmente, adquiriendo el mismo valor que una sentencia firme.
¿Puede darme un ejemplo de cómo se aplica esta ley en la práctica?
Imagínate un conflicto entre vecinos por ruidos excesivos. Lo habitual sería realizar una medición acústica certificada por un perito experto en los tramos del día con un sonómetro homologado. Se pondría la demanda y a esperar; pero, esto, con la mediación informática se haría así: el vecino (Vecino A) está molesto porque su vecino (Vecino B) hace mucho ruido por las noches, lo que afecta su descanso. Vecino A decide presentar una demanda en el juzgado por incumplir las normativas de convivencia.
Mediación obligatoria: Antes de presentar la demanda, Vecino A está obligado por la ley a intentar resolver el conflicto mediante mediación, dado que se trata de un tema civil. Para ello, acude a un centro de mediación o utiliza una plataforma de mediación en línea aprobada por la administración.
Sesión de mediación: En la sesión, un perito informático expero y neutral escucha a ambas partes. El vecino A explica cómo el ruido le afecta, mientras Vecino B comparte su punto de vista, argumentando que desconocía el impacto que causaba. Con la ayuda del mediador, identifican los puntos clave del conflicto.
Búsqueda de soluciones: Ambos vecinos acuerdan que Vecino B limitará actividades ruidosas en ciertos horarios y utilizará alfombras para reducir el sonido. Vecino A acepta avisar a Vecino B directamente si hay alguna molestia, en lugar de recurrir a medidas drásticas.
Acuerdo: Se redacta un acuerdo firmado por ambas partes, que puede homologarse judicialmente para otorgarle fuerza legal. Vecino A ya no necesita presentar la demanda porque el problema se resuelve mediante mediación.
Este ejemplo muestra cómo la ley busca facilitar la resolución de conflictos de manera pacífica, reduciendo la carga judicial y fomentando el entendimiento entre las partes.
La cuestión de que esto funcione, comenta el Sr. González, está ya en la sociedad.
Desde GlobátiKa Peritos Informáticos, reafirman su compromiso con la innovación en el ámbito del peritaje informático y la resolución de conflictos tecnológicos, ofreciendo servicios de mediación informática especializados para garantizar que los proyectos TIC puedan avanzar con seguridad y eficiencia.