
26 de mayo de 2025
El Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación expresa su oposición firme a la moción aprobada el 20 de mayo por la Comisión de Función Pública del Senado, que propone estudiar la reclasificación de los cuerpos de ingenieros técnicos y arquitectos técnicos en el grupo A1 de la función pública. Esta medida, impulsada sin el necesario debate técnico ni consenso con las organizaciones profesionales, pone en cuestión el modelo actual de acceso y clasificación basado en la cualificación y el nivel de responsabilidad.
Desde el COIT se considera que cualquier cambio que afecte a la estructura de los cuerpos funcionariales debe sustentarse en criterios objetivos, vinculados a la formación académica, las atribuciones profesionales y el contenido de las funciones a desempeñar. No es admisible equiparar perfiles formativos y profesionales que actualmente tienen distinto nivel por razones bien justificadas en la normativa vigente.
La Ingeniería de Telecomunicación es una profesión regulada que requiere la superación de un máster habilitante tras un grado universitario, con una duración mayoritariamente de 90 créditos ECTS (un año y medio), aunque en algunas universidades alcanza los 120 créditos (dos años). Esta formación sitúa al título en el nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES) y en el nivel 7 del Marco Europeo de Cualificaciones (EQF), lo que reconoce una formación avanzada y una mayor amplitud de competencias académicas y profesionales, incluyendo la capacidad para asumir responsabilidades de dirección, coordinación y diseño integral de sistemas complejos.
Por su parte, las titulaciones de grado habilitante que permiten el ejercicio como ingeniero técnico corresponden al nivel 2 del MECES y al nivel 6 del EQF, lo que implica competencias plenas dentro de su especialidad, pero con un alcance diferente en cuanto a profundidad técnica, autonomía profesional y nivel de responsabilidad. Esta diferencia está reconocida en los marcos normativos educativos y funcionales, y resulta esencial para preservar un modelo de función pública basado en la cualificación, el mérito y la adecuación entre formación y funciones.
La moción aprobada lanza un mensaje confuso sobre la equivalencia entre niveles de cualificación que ni la legislación nacional ni los marcos europeos de referencia reconocen. Si se llevara a cabo, supondría una desvalorización del esfuerzo formativo, una pérdida de referencias claras para los estudiantes y un deterioro de los principios de igualdad, mérito y capacidad en el acceso al empleo público.
Por todo ello, el COIT considera fundamental que se mantenga la actual clasificación diferenciada entre los cuerpos A1 y A2, que permite garantizar que cada nivel profesional se corresponda con las competencias, funciones y nivel de responsabilidad que le son propios.
Como parte activa de la Unión Profesional de Colegios de Ingenieros (UPCI), el COIT participará en todas las acciones institucionales necesarias para trasladar esta posición a los grupos parlamentarios y al Gobierno. Nuestro compromiso es claro: defender una función pública sólida, profesionalizada y basada en el reconocimiento real de la cualificación técnica.