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El protocolo contra el acoso por razón de género y laboral; una obligación legal para las empresas

8 de septiembre de 2025

La obligatoriedad de implantar un protocolo frente al acoso por razón de género y laboral ha dejado de ser una recomendación para convertirse en un requisito ineludible para las empresas. Desde hace años, las inspecciones de trabajo se han intensificado, detectando incumplimientos que derivan en sanciones económicas cada vez más frecuentes.

No basta con disponer de un curso o un documento genérico como creen muchas empresas; la normativa exige acciones concretas para garantizar espacios laborales seguros y respetuosos. Hoy GRUPO SAPIENTIAM explica y facilita la implementación de planes integrales completos que permiten a las empresas cumplir con toda la normativa, evitando riesgos legales y costes inesperados.

La importancia de un protocolo eficaz ante el aumento de sanciones

La Ley Orgánica 3/2007 obliga a todas las empresas con empleados a contar con un plan que prevenga y gestione casos de acoso laboral o de razón de género. Este documento debe ser real, operativo y conocido por toda la plantilla.

Además, la legislación ha evolucionado: ya no basta con tener un documento genérico o haber impartido una formación básica. El Real Decreto 6/2019 y el RD 901/2020, exige medidas claras, reales y actualizadas. Las empresas no solo deben contar con protocolos personalizados, además deben tener formación específica para su plantilla y canales seguros para denunciar y actuar sobre situaciones de acoso, pudiendo ser de forma anónima.

Desde 2020, las inspecciones laborales han incrementado los controles en este ámbito en organizaciones que no han dado pasos efectivos más allá de una formación superficial. No disponer de un procedimiento claro para canalizar denuncias o un plan de comunicación interna puede agravar la situación en caso de acoso. Contar con un protocolo PAS bien estructurado no solo evita sanciones, sino que refuerza su cultura corporativa y protegiendo a las personas que pueden sufrir acoso también protege a la empresa frente a posibles litigios por innacción.

En el entorno laboral actual, no cumplir con el protocolo contra el acoso de razón de género y laboral no es solo una irresponsabilidad, sino una infracción legal con consecuencias reales y graves. Desde hace años, todas las empresas —incluidos autónomos con empleados— están obligadas por ley a implantar un protocolo específico para la prevención y actuación ante casos de acoso en el ámbito laboral. Esta normativa no distingue por tamaño de empresa ni por volumen de plantilla: todas las entidades están sujetas a esta obligación legal.

Las autoridades laborales han intensificado notablemente las inspecciones. Las multas pueden alcanzar cantidades significativas, y no es raro ver cómo pequeñas empresas o autónomos reciben requerimientos legales por no haber implementado medidas eficaces de prevención.

¿Qué riesgos corre una empresa que no cumple?

- Multas que pueden superar los 6.000 euros incluso en microempresas.

- Responsabilidad directa del empresario o gerente en caso de no prevenir adecuadamente un caso de acoso.

- Daño a la imagen corporativa, pérdida de confianza del equipo y riesgo reputacional en redes y medios.

- Posibles demandas judiciales, especialmente si el trabajador afectado demuestra que no existían medidas de prevención ni protocolos activos.

Y lo peor: en muchos casos, las empresas sancionadas ni siquiera sabían que estaban incumpliendo la ley, porque se confiaron en formaciones bonificadas o plantillas genéricas que no cumplen con los requisitos reales exigidos por la Inspección de Trabajo.

Como lograr un cumplimiento real y tranquilidad total

Empresas como GRUPO SAPIENTIAM proporciona una solución integral, completa, legalmente válida y ajustada a cada tipo de empresa y sector. Un buen servicio debe incluir:

- Un protocolo personalizado que se adapta al tamaño, actividad y estructura de la empresa.

- La formación obligatoria para todo el personal, con contenidos claros y actualizados conforme a la normativa vigente.

- Un canal de denuncias seguro y anónimo, conforme a los requisitos del Reglamento Europeo de Protección de Datos y exigido por la legislación española.

- Asesoramiento jurídico permanente, con abogados especializados que acompañan a la empresa ante cualquier incidencia, consulta o inspección.

- Auditorías periódicas para garantizar que la empresa está alineada con las últimas actualizaciones legales.

Y en el caso de la consultoría SAPIENTIAM, a precios competitivos. En su web indican: desde solo 75 € + IVA al año, sin letra pequeña, sin soluciones a medias. Su misión es que ninguna empresa —grande o pequeña— se vea sorprendida por una sanción o una demanda por no haber sabido cumplir con lo que exige la ley.

La prevención no es opcional: es obligatoria, y además protege a la empresa

Cumplir con el protocolo contra el acoso no solo evita multas. Es una herramienta clave para proteger la salud mental y el bienestar del equipo, prevenir conflictos internos, mejorar el clima laboral y demostrar un compromiso real con la igualdad y el respeto. Ignorar esta obligación legal ya no es una opción. La ley no espera y la inspección tampoco.

Cumplir con el protocolo contra el acoso permite a las empresas transformar esta obligación en una oportunidad: la de ajustarse a la ley, proteger a sus equipos y reforzar su reputación como organizaciones responsables y comprometidas.

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