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El sistema Verifactu transformará la facturación empresarial a partir de 2026

28 de octubre de 2025

Con la entrada en vigor inminente del Sistema Verifactu, las empresas españolas se preparan para un cambio que transformará por completo la forma de emitir y registrar sus facturas. A partir de 2026, este sistema será obligatorio para la mayoría de profesionales y compañías, convirtiéndose en un nuevo estándar de control y transparencia. En este contexto, es más importante que nunca aclarar las dudas sobre qué implica exactamente Verifactu, cómo se diferencia de la Ley Crea y Crece y qué pasos deben seguir las empresas para adaptarse con seguridad y sin contratiempos.

Y esto es lo que se va a hacer en el siguiente artículo: resolver las preguntas más frecuentes sobre Verifactu, el nuevo modelo de facturación verificable impulsado por la Agencia Tributaria, y su relación con la implementación obligatoria de la factura electrónica que promueve la Ley Crea y Crece.

¿Qué es Verifactu?

Verifactu es un sistema de emisión de facturas verificable, impulsado por la Ley Antifraude 11/2021 y detallado en el Real Decreto 1007/2023. Permite enviar automáticamente los registros de facturación a la AEAT al emitir facturas, asegurando su trazabilidad e inalterabilidad mediante hashes, firma electrónica y código QR.

¿Es Verifactu obligatorio?

A día de hoy, los usuarios de Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), pueden elegir si enviar los datos de facturación a la AEAT mediante Verifactu o si conservan sus registros internamente y, en caso de ser requeridos, los envían a la Agencia tributaria. Por lo que respecta a los proveedores de software, a partir del 29 de julio de 2025, solo podrán ofrecer a sus clientes programas de facturación compatibles con Verifactu.

Sin embargo, el Real Decreto 1007/2023 establece que la adopción de las medidas que propone Verifactu para los usuarios será progresivamente obligatoria.

Los plazos previstos son los siguientes:

·A partir del 1 de enero de 2026: Verifactu será obligatorio para empresas y profesionales que estén obligados a emitir facturas.

·A partir del 1 de julio de 2026: la obligatoriedad se extenderá también a autónomos.

¿Qué implica adherirse a Verifactu?

Al optar por Verifactu, las empresas y profesionales deberán:

·Usar un software de facturación certificado (un SIF), que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.

·Enviar automáticamente los registros de facturación a la AEAT.

¿Qué pasa si una empresa decide no adherirse a Verifactu?

Aunque su SIF deberá estar certificado y tener la capacidad de conexión con la AEAT, será la misma empresa quien decida si los datos de facturación son enviados a la AEAT o no. Lo que sí deberá tener en cuenta es que esta información deberá estar disponible en caso de ser requerida por la AEAT.

¿Cuál es la diferencia entre Verifactu y facturación electrónica tradicional?

La facturación electrónica consiste simplemente en crear y almacenar las facturas en formato electrónico. El sistema Verifactu añade algunos aspectos clave:

·Envío automático y seguro de los registros contables a la AEAT.

·Integridad e inalterabilidad de las facturas garantizadas con firmas y hash.

·Validación en tiempo real de los datos contenidos en las facturas y acceso vía AEAT.

La normativa que hace referencia a la Factura Electrónica es la Ley Crea y Crece, impulsada por el Ministerio de Economía, e introduce la obligatoriedad de uso de la Factura Electrónica en las transacciones entre empresas y profesionales. Esta normativa se encuentra pausada, a la espera de la aprobación de su reglamento técnico definitivo.

¿A quién afecta Verifactu?

·Empresas y profesionales que emiten facturas, excepto quienes usan SII (Suministro Inmediato de Información).

·No residentes con establecimiento permanente en España.

·Desarrolladores y proveedores de software de facturación.

·En el País Vasco y Navarra, solo se aplica a contribuyentes de territorio común.

¿Qué requisitos técnicos deben cumplir los Sistemas Informáticos de Facturación?

La normativa Verifactu contempla 5 aspectos para que los SIF obtengan la certificación:

·Integridad, conservación, trazabilidad, legibilidad e inalterabilidad de los registros contables.

·Generación de registros de facturación con hashes y firma electrónica.

·Inclusión de QR en las facturas.

·Transmisión automática y continua a la AEAT.

¿Qué modalidades existen?

Aunque el modo Verifactu es el que está centrando todo el debate y el favorito de la AEAT, existe el modo No Verifactu, que cuenta con algunas variaciones.

·Modo Verifactu: envío de los registros a la AEAT en tiempo real, mayor simplicidad técnica, visibilidad al cliente, menos inspecciones.

·Modo no-Verifactu: no hay envío automático de los registros contables, pero se requieren más medidas de seguridad interna, registro de eventos y accesibilidad. Además, al no enviarse los registros contables, es obligatorio conservarlos por un tiempo mínimo de 4 años.

¿Cuáles son los principales beneficios de Verifactu?

Verifactu ofrece múltiples ventajas para empresas, autónomos y asesorías que busquen adaptarse a la nueva normativa de facturación. En primer lugar, garantiza el cumplimiento legal, lo que refuerza la confianza frente a clientes, administraciones y entidades financieras. Además, permite automatizar procesos contables al eliminar la necesidad de transcribir datos manualmente, lo que ahorra tiempo y reduce errores. También contribuye a disminuir el papeleo y el riesgo de inspecciones fiscales, ya que los registros se envían directamente a la Agencia Tributaria. Por último, facilita una mejor integración con herramientas fiscales y contables.

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