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AleaSoft; El impuesto del 7% a la generación eléctrica; evolución y perspectivas del sector de la energía

7 de noviembre de 2025

AleaSoft Energy Forecasting, 7 de noviembre de 2025. El Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) en España, conocido como el impuesto del 7%, ha sido una de las medidas fiscales más relevantes en el sistema eléctrico español durante la última década. Desde su creación en 2012, su aplicación ha pasado por diversas fases de suspensión y reactivación, reflejando la evolución del contexto energético y económico del país.

Origen del IVPEE y objetivos iniciales

El IVPEE fue creado por la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de medidas fiscales para la sostenibilidad energética, con un tipo impositivo del 7% sobre el valor de la producción de energía eléctrica incorporada al sistema.

Su propósito declarado fue contribuir a la sostenibilidad económica del sistema eléctrico y reducir el déficit tarifario acumulado, que a finales de 2011 alcanzaba aproximadamente 24 000 millones de euros, según datos comunicados por el propio Gobierno español.

Desde su entrada en vigor en enero de 2013, el impuesto se aplica sobre los ingresos brutos obtenidos por la venta de electricidad, sin considerar costes operativos o de inversión, lo que lo convierte en un tributo de base amplia.

Suspensiones temporales y ajustes regulatorios

Desde 2018, el IVPEE ha sido objeto de diversas suspensiones y prórrogas, adoptadas mediante reales decretos-ley con el objetivo de aliviar la presión sobre los precios eléctricos para la industria y los consumidores domésticos en periodos de alta volatilidad del mercado mayorista.

La primera suspensión del impuesto fue en octubre de 2018. El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, suspendió temporalmente el impuesto durante seis meses, desde el cuarto trimestre de 2018 hasta el primer trimestre de 2019.

En 2021, los RDL 12/2021, de 24 de junio, y 17/2021, de 14 de septiembre, establecieron una exención del IVPEE durante el segundo semestre de 2021, de julio a diciembre, en respuesta al incremento de precios mayoristas asociado al encarecimiento del gas y de los derechos de emisión de CO2.

Posteriormente, los RDL 29/2021, 6/2022, 11/2022 y 20/2022 prorrogaron la suspensión del impuesto de forma continuada hasta el 31 de diciembre de 2023.

Estas medidas buscaban contener los precios de la electricidad para los consumidores finales, permitiendo que las ofertas de las plantas de generación fueran más competitivas en el mercado.

Reactivación gradual en 2024

El Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, dispuso la reactivación progresiva del IVPEE durante 2024. Aunque el tipo impositivo legal del 7% se mantuvo, el Gobierno redujo temporalmente la base imponible. Durante el primer trimestre de 2024, se minoró la base del impuesto en un 50%, dejándolo en un 3.5%. En el segundo trimestre de 2024 se redujo la minoración al25%, dejando el impuesto en el 5,25%, y desde el 1 de julio de 2024 el impuesto del 7% se aplica sin minoraciones.

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) emitió resoluciones de adaptación para ajustar la retribución de las instalaciones afectadas por estas minoraciones temporales, garantizando la coherencia contable en los pagos regulados.

Validez jurídica y respaldo europeo

El IVPEE ha sido objeto de varios litigios desde su entrada en vigor. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en la sentencia C-220/19 de 3 de marzo de 2021, confirmó que el impuesto no contraviene el Derecho de la Unión Europea, al no considerarse un impuesto indirecto sobre el consumo de energía.

Asimismo, el Tribunal Supremo español, en su sentencia de 17 de junio de 2021, ratificó la legalidad y constitucionalidad del IVPEE, descartando que vulnere el principio de capacidad económica ni que constituya una doble imposición.

Debate sectorial y propuestas de reforma

Aunque el impuesto ha superado los desafíos legales, continúa siendo objeto de debate dentro del sector de la energía en España. Las asociaciones de renovables y diversos organismos de análisis económico sostienen que su aplicación sobre ingresos brutos reduce la competitividad de las tecnologías de generación con menores márgenes, como la solar fotovoltaica y la eólica.

En enero de 2025, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA) publicó un documento de trabajo abierto en el que propone suprimir el IVPEE y sustituirlo por cargos temporales alternativos, que mantendrían la sostenibilidad financiera del sistema eléctrico sin penalizar la inversión en generación limpia.

Perspectiva: hacia una fiscalidad adaptada a la transición energética

El impuesto del 7% fue diseñado en un contexto de déficit tarifario y precios regulados, pero el sistema eléctrico actual opera bajo reglas de mercado liberalizado e integración europea. En este escenario, el debate ya no se centra en la legalidad del tributo, sino en su adecuación económica y en su coherencia con los objetivos de descarbonización y competitividad.

La discusión sobre el futuro del IVPEE se inscribe en un marco más amplio de revisión de la fiscalidad energética, que busca equilibrar la sostenibilidad financiera del sistema con los incentivos necesarios para alcanzar los objetivos climáticos y atraer inversiones en tecnologías limpias y almacenamiento.

Reflexión final

Desde una perspectiva de mercado, la eliminación del IVPEE podría contribuir a mejorar la competitividad de los proyectos de generación eléctrica en España, especialmente de las tecnologías renovables, al reducir los costes fiscales que inciden directamente sobre el retorno de las inversiones. Esto se traduciría en precios más eficientes en el mercado mayorista y en una señal más favorable para la inversión en nueva capacidad renovable y en almacenamiento.

Sin embargo, su supresión debería ir acompañada de un mecanismo alternativo que garantice la sostenibilidad financiera del sistema eléctrico, evitando la reaparición de déficits tarifarios. En este sentido, lo que parece más adecuado es una revisión integral de la fiscalidad del sector eléctrico, adaptada a los objetivos de la transición energética y a la estructura actual del mercado.

La precisión de las previsiones de AleaSoft Energy Forecasting y el próximo webinar sobre mercados de energía y almacenamiento

La reciente verificación de la previsión de precios del mercado eléctrico ibérico realizada en 2010, que alcanzó su horizonte en octubre de 2025 con una desviación de 0,88 €/MWh, reafirma la solidez y fiabilidad de la metodología Alea para anticipar la evolución de los mercados de energía a largo plazo. Este resultado demuestra la capacidad de los modelos desarrollados por AleaSoft Energy Forecasting para representar con precisión el equilibrio de mercado, incluso en un contexto de transformación profunda del sistema eléctrico y de la transición energética en curso.

Las previsiones de largo plazo son una herramienta esencial para la planificación y financiación de proyectos renovables, y su precisión resulta clave para reducir la incertidumbre y fortalecer la confianza en las decisiones de inversión del sector energético. Este caso de éxito confirma que las previsiones de AleaSoft continúan siendo un referente de fiabilidad y rigor científico en Europa.

En línea con este compromiso de ofrecer análisis y conocimiento actualizado del sector, AleaSoft Energy Forecasting celebrará un nuevo webinar sobre los mercados de energía, las baterías y la hibridación, que tendrá lugar el 13 de noviembre de 2025. En esta sesión se abordarán las perspectivas de los mercados eléctricos europeos, la evolución de los precios de la energía, el papel de las baterías y el almacenamiento energético en la transición hacia un sistema más flexible y sostenible, así como las oportunidades que ofrece la hibridación de tecnologías renovables.

Los webinars de AleaSoft Energy Forecasting se han consolidado como un foro de referencia para el análisis del sector de la energía, ofreciendo una visión integral basada en datos, previsiones de largo plazo y más de dos décadas de experiencia en modelización y consultoría energética.

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