25 de abril de 2024
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La Inspección de Trabajo multa a Glovo con más de 6 millones por no regularizar a sus repartidores en Sevilla

La Inspección de Trabajo multa a Glovo con más de 6 millones por no regularizar a sus repartidores en Sevilla

Redacción - 19 de noviembre de 2021

La Inspección de Trabajo ha multado de más de seis millones de euros a Glovo en Sevilla al reconocer como laboral la relación entre la empresa y los repartidores de la capital andaluza, y no sujeta al régimen de autónomos.

Esta acción se suma a las ya realizadas por la Inspección desde que el pasado 12 de agosto entrase en vigor la llamada ley de riders (como se denomina coloquialmente a los repartidores), y que ha hecho que Deliveroo, haya optado por abandonar su actividad en España el próximo 29 de noviembre.

Según detalla El País, la intervención de la Inspección en Sevilla ha revertido la situación de 1.316 trabajadores, a quienes ha dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social. El ente, dependiente de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía Social, ha promovido un acta de infracción a Glovo por un importe de 6.170.724 euros y, a su vez, ha determinado la liquidación de las cuotas correspondientes a estos empleados, que estaban como autónomos, cuya cuantía ha estimado en 2.484.362,69 euros. Al sumar ambas cifras, el total asciende a 8.655.086,69 euros.

Desde que el Tribunal Supremo declaró como falso autónomo a un trabajador de Glovo en septiembre de 2020, y meses después, en mayo de 2021, desestimase un recurso de Deliveroo después del juicio de 532 riders en Madrid, la justicia ha sustentado la confección de la ley de repartidores, que desde su entrada en vigor ha cubierto un agujero laboral que ha perjudicado a estas empresas. La ley, acordada en mayo, que entró en vigor hace solo tres meses, establece la obligación para las plataformas digitales como Glovo, Deliveroo, o Uber Eats, de hacer un contrato laboral a sus riders.

“Se presume incluida en el ámbito de esta ley la actividad de las personas que presten servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución de cualquier producto de consumo o mercancía, por parte de empleadoras que ejercen las facultades empresariales de organización, dirección y control de forma directa, indirecta o implícita, mediante la gestión algorítmica del servicio o de las condiciones de trabajo, a través de una plataforma digital”, indica el texto del del Real Decreto 9/2021.