09 de diciembre de 2023
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La Audiencia reabre un caso de corrupción de un pez gordo de la Junta archivado por la juez Núñez

La Audiencia reabre un caso de corrupción de un pez gordo de la Junta archivado por la juez Núñez

Redacción - 7 de septiembre de 2018

La Audiencia de Sevilla ha anulado la controvertida decisión de la polémica juez María Núñez Bolaños, instructora del caso del fraude multimillonario y masivo de los ERE, de archivar la pieza separada del exdirector de Trabajo de la Junta, Daniel Rivera.

La Audiencia le reprocha a la juez su “planteamiento argumental erróneo” de “interpretar” autos previos del tribunal “sacándole de contexto” con pagos de 1,9 millones de euros a la empresa A Novo por diferentes ERE.

La magistrada además instruye el otro gran caso de corrupción de Andalucía, los cursos de formación, así como la investigación sobre la Fundación Faffe, la del pago en un puticlub de 15.000 euros en una noche, los cientos de enchufados y los miles de contratos a dedo, las comilonas de 600 euros, los pufos o los sueldazos entre otras muchas cosas.

La Audiencia Provincial está estudiando la posible revocación de la juez porque su cuñada trabajaba precisamente en la zona cero de la corrupción en Andalucía, la Agencia IDEA, y además controlando las transferencias de las ayudas irregulares.

Núñez Bolaños sustituyó a Mercedes Alaya tras ser apartada mediante engaños de los principales casos de corrupción que afectan a la organización PSOE-A a través de un repentino ascenso y que en la actualidad denuncia un pacto de silencio del bipartidismo usando al Justicia.

El marido de la juez Núñez es amigo desde pequeño del exconsejero de Justicia Emilio de Llera y consiguió un puestazo a dedo en la Junta tras el relevo de Alaya.

La resolución de la Audiencia es dura con la magistrada y dice que el pez gordo que ella salva es autor indiciariamente de graves delitos de malversación y prevaricación:

"Jamás este tribunal ha dicho o dado a entender en ninguna de sus resoluciones que en la causa matriz que se ha dado en llamar del procedimiento específico se enjuicie con carácter general y para todo tipo de posibles responsables penales todos los pagos derivados de su ejecución. (..) Lo que sí nos hemos visto obligados a afirmar es que a consecuencia de los hechos incluidos en las primeras conclusiones de calificación de las acusaciones, con su correlativa acusación por delitos continuados de prevaricación y malversación, determinadas personas acusadas en esta causa no podía ser a su vez encausadas también en algunas piezas separadas" aseverando que la magistrada se contradice al afirmar que "sin duda conocía del actuar anterior y por ello inició, como se constata, una actividad tendente a terminar y corregir dicha forma de actuar, y por otro lado cuestionar que realizara pagos a sabiendas de su ilicitud.
La Audiencia además dice que sus argumentos casan mal con que “se iniciasen actividades para tratar de poner orden en el caos existente en la Consejería de Trabajo" con "negar el conocimiento de las irregularidades groseras cometidas por sus antecesores".

El tribunal le considera indiciariamente autor de delitos de prevaricación y malversación ya que "teniendo conocimiento de tales irregularidades" no sólo ordenó un pago "por la relevante cantidad" de 1,9 millones sino que firmó el convenio para ello que "tiene una severa apariencia delictiva, por mucho que por otro lado interviniera posteriormente para poner fin al caos. (…) Mantenía la ilegalidad” estableciendo que dispuso con "consciente ligereza como poco" de fondos públicos y "dictó una resolución con una severa apariencia de ilegalidad".