Andalucía

Una magistrada ordena vacunar a cuatro ancianos de una residencia de Córdoba tras la negativa de sus familiares

23 de febrero de 2021

Una magistrada ordena vacunar a cuatro ancianos de una residencia de Córdoba tras la negativa de sus familiares

Un juzgado de Córdoba ha ordenado a la Junta que vacune a cuatro ancianos de una residencia de mayores después de que sus familiares rechazaran que fueran inmunizados frente a la Covid-19.
Según publica CORDÓPOLIS, la jueza del Juzgado de Primera Instancia número cinco de Córdoba ha ordenado a la Consejería de Salud que reciban la vacuna cuatro usuarios de la residencia de mayores Arjona Valero de Priego de Córdoba.

Fernando Santos, fiscal de Mayores, ha confirmado al diario, que la magistrada ha autorizado esta acción y que además se irán resolviendo el resto de expedientes abiertos.

El Ministerio Fiscal ha tenido conocimiento desde que se comenzara a vacunar de hasta 13 personas que viven en residencias que no han sido vacunadas por la decisión de sus familias y su propia negativa.

En la residencia de Priego hubo siete casos, dos en Pozoblanco y 4 en centros de Córdoba capital.

Los Juzgados de Primera Instancia tres y cinco de Córdoba están siendo los encargados de resolver estos casos y autorizar o no a la Junta al suministro de las vacunas de Pfizer.

El fiscal Fernando Santos fue recibiendo los expedientes que el Juzgado de Priego abrió ante el rechazo de los familiares a que recibieran la vacuna los usuarios de la residencia. Santos comprobó que las razones expuestas por la familia eran "muy peregrinas" y que podían resumirse en que “mejor era esperar a ver cuáles eran los efectos”.

Estos argumentos no tienen ninguna consistencia jurídica para evitar que una persona que se encuentra en una residencia sea vacunada. Cuestión diferente, detalla Santos al medio, “es que se justifique cualquiera contraindicación que pueda ocasionar efectos secundarios o alergias”.

Tras incoar el expediente judicial, la juez requiere a los familiares que expongan sus razones para oponerse a la vacunación. Acto seguido un médico forense examina a la persona a la que se niega la vacuna para comprobar si está incapacitada o no para tomar decisiones. Si el forense no aprecia ningún motivo para evitar la vacunación, así lo deja reflejado en su informe, que es remitido al juzgado. Por su parte, después de este informe, fiscalía redacta el suyo y es el juzgado de primera instancia quien decide.

Este tipo de hechos se han producido en toda España y abre el debate sobre el límite de los derechos, “que está cuando se produce un perjuicio a un tercero”, señala el fiscal. Por ello Fernando Santos recuerda que en una casa “hay más amplitud de libertad pero cuando vives con otros y pones en riesgo su salud, el contenido de tus derechos se restringe mucho y, en ocasiones, desaparece”. “Recuerdo que hemos estado unos cuantos meses sin salir de casa por la salud de los demás”, ha zanjado.

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