Recientemente, se ha anunciado una actualización significativa en la legislación concerniente a la ley de segunda oportunidad. Estas modificaciones han simplificado los procedimientos, reducido los plazos y hecho más accesible la posibilidad de que individuos endeudados puedan cancelar sus deudas de manera definitiva, iniciando una nueva etapa financiera en sus vidas.
La segunda oportunidad en el marco del procedimiento concursal
Es esencial entender qué implica la segunda oportunidad, o la exoneración de todas las deudas, dentro del ámbito judicial del Concurso de Acreedores. Este término designa una solicitud realizada al juez quien, dentro del procedimiento concursal, tiene la potestad de autorizar dicha exoneración.
El Concurso de Acreedores es un proceso legal mediante el cual tanto personas físicas como jurídicas informan al juzgado de su incapacidad para saldar sus deudas, lo que puede resultar en la liquidación de activos o en la negociación de un acuerdo para su pago.
Este mecanismo, que hasta hace poco era exclusivo de entidades empresariales, se extendió a particulares en España desde la promulgación del Real Decreto 1/2015, siendo ahora aplicable a autónomos y empresarios individuales.
Actualmente, la normativa aplicable a todos los sujetos implicados se encuentra en el Texto Refundido de la Ley Concursal.
Exoneración del pasivo insatisfecho o BEPI
El término técnico para referirse a la segunda oportunidad es "Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho" (BEPI). Este beneficio es otorgado por el juez a aquellos que, tras seguir todos los trámites legales en el concurso de acreedores de persona física y no pudiendo liquidar sus deudas, solicitan y obtienen la cancelación definitiva de las mismas.
Los detalles referentes al BEPI están contemplados en los artículos 486 en adelante del Texto Refundido de la Ley Concursal.
Implicaciones del BEPI
Con el inicio del proceso de segunda oportunidad, cesan la acumulación de intereses sobre las deudas existentes y las ejecuciones hipotecarias o embargos. Todos los procedimientos deben canalizarse a través del juez concursal y distribuirse equitativamente entre los acreedores.
Una vez concedido el BEPI, todas las deudas previas del deudor quedan anuladas. Esto implica que los acreedores no pueden efectuar futuras reclamaciones sobre esas deudas. Además, cualquier registro de morosidad debe ser eliminado, y el fichero CIRBE del Banco de España debe actualizar la información reflejando la ausencia de deudas.
Ruta hacia la segunda oportunidad
En otro artículo de nuestro sitio web, encontrarás una explicación detallada sobre los pasos a seguir para obtener la segunda oportunidad. A continuación, ofrecemos un resumen de dicho proceso:
Recopilación de información sobre deudas, ingresos y patrimonio.
Consulta con un abogado especializado.
Iniciación de la solicitud de concurso de acreedores en el Juzgado Mercantil.
Seguimiento de las indicaciones del abogado, del administrador concursal y del juez durante el concurso.
Tras la liquidación de bienes o establecimiento de un plan de pagos, solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho para la cancelación de todas las deudas.
Reformas recientes
Las actualizaciones más destacadas en la legislación incluyen:
- Reducción de costos y tiempos: eliminación de la fase extrajudicial, reduciendo costos y tiempos significativamente.
- Opciones de liquidación de deudas: elección entre la liquidación total de bienes o la conservación de la vivienda habitual con un plan de pagos.
- Plazos de pago acortados: el tiempo para la propuesta de plan de pagos se reduce de 5 a 3 años.
- Flexibilización de requisitos laborales: se elimina el requisito de no haber rechazado empleo en los 4 años previos al concurso.
- Ajuste de deuda hipotecaria: posibilidad de adecuar la deuda hipotecaria al valor real del inmueble.
- Inclusión de deudas públicas: limitación en la cancelación de deudas públicas hasta un total de 20.000 €.
- Agilización procesal: reducción de los plazos del procedimiento concursal a un máximo de 18 meses.
- Especialización judicial: retorno de la competencia a los juzgados de lo Mercantil, especializados en concursos de acreedores.
Despachos de abogados expertos en la ley de la segunda oportunidad y cancelación de deudas
En España hay muchos despachos de abogados especializados en la ley de la segunda oportunidad y en la cancelación de deudas, sin embargo, uno de los más reconocidos y expertos en esta ley es:
FECED Abogados
Dirección: calle Castelló, 36 1º A, Madrid 28001
Teléfonos: 912 865 695 | 689 657 661
Sitio web: SegundaOportunidadLey.net