El calor de los últimos días en Sevilla ha llevado a muchos vecinos a encender el aire acondicionado. Sin embargo, el goteo constante de las unidades exteriores puede convertirse en un motivo de discordia en las comunidades de propietarios. La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) recoge mecanismos para resolver estas situaciones.
¿Cuándo puede intervenir la comunidad?
Según el artículo 7.1 de la LPH, los propietarios pueden modificar sus instalaciones siempre que no perjudiquen derechos de otros vecinos ni alteren la seguridad o estética del edificio. Las unidades exteriores suelen colocarse en elementos comunes, por lo que la comunidad puede exigir su adaptación o retirada si incumplen los estatutos.
El artículo 7.2 prohíbe actividades molestas, insalubres o peligrosas. Si el goteo impide el uso de una terraza o causa resbalones, la comunidad puede solicitar el cese de la molestia e incluso iniciar acciones judiciales.
Multas municipales en Sevilla
El Ayuntamiento de Sevilla también sanciona estos goteos. La ordenanza municipal de limpieza califica los derramamientos de agua sobre la vía pública como infracción leve, con multas de hasta 750 euros.
Soluciones técnicas y normativa
Para evitar problemas, lo recomendable es instalar una tubería que dirija el agua condensada a un desagüe de aguas pluviales. El Real Decreto 115/2017 exige que la instalación y mantenimiento de estos aparatos sea realizada por un técnico certificado. [VERIFICAR: Real Decreto 115/2017 sobre instalaciones de aire acondicionado]