19 de abril de 2024
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Condenan a Ana Botella por la venta de pisos públicos a fondos buitre

Condenan a Ana Botella por la venta de pisos públicos a fondos buitre

Redacción - 28 de diciembre de 2018

El Tribunal de Cuentas ha condenado a la exalcaldesa de Madrid, Ana Botella, y a sus concejales por vender viviendas públicas por debajo del precio de mercado. Los jueces han estimado parcialmente la demanda presentada en 2017 por el Ayuntamiento de Madrid que reclamaba un daño patrimonial superior a los 55 millones de euros.

En la denuncia el Ayuntamiento ahora dirigido por Manuela Carmena reclamaba una restitución del daño económico sufrido por dos procesos de venta realizados en octubre de 2013, en plena crisis económica, cuando el consistorio necesitaba hacer caja para tapar la deuda.

La venta se realizó muy por debajo del precio de mercado tal y como en su día reconocieron los informes de tasación y la Cámara de Cuentas que en 2016 ya alertó de las irregularidades con las que realizaron estas ventas de vivienda pública.

Ahora los jueces han dictado sentencia y han estimado la cifra en casi 26 millones de euros (25.752.103 euros) por los prejuicios ocasionados en los fondos de la empresa pública que gestiona las viviendas propiedad del Ayuntamiento de la capital, EMVS, y ha declarado responsable contable directo de este daño a Fermín Oslé, por aquel entonces máximo responsable de la entidad.

Al mismo tiempo, se declara responsables contables directos a la exalcaldesa Ana Botella y a todos los concejales del equipo de gobierno en aquel entonces que además formaban parte de la Junta de la EMVS: Concepción Dancausa, Enrique Núñez, Diego Sanjuanbenito, Paz González Dolores Navarro y Pedro Corral. Todos deben asumir el pago solidario de casi 23 millones de euros para restituir el daño.

La sentencia es muy dura con el proceso y detecta, como previamente había hecho la Cámara de Cuentas infinitas irregularidades y no solo por el precio de venta por debajo de su valor. Hubo ausencia de pliegos, no se realizaron los correspondientes estudios técnicos y en los concursos no se garantizó la libre participación a todos los interesados. Básicamente eran procesos ideados para que hubiera un beneficiado.

Los condenados deberán asumir los intereses hasta la ejecución completa de esta sentencia contra la que cabe recurso en un plazo de 15 días.